La Suprema Corte bonaerense reguló a través del Acuerdo 3102 el Convenio de Prácticas Estudiantiles, que instaura en el Poder Judicial la figura de las pasantías estudiantiles gratuitas. Es decir, estudiantes avanzados de la carrera de abogacía que pueden prestar servicio en los tribunales bonaerenses a la par de los trabajadores judiciales y con las mismas responsabilidades, pero sin percibir salario alguno ni gozar de los beneficios de la seguridad social.
Estas pasantías se realizan desconociendo la ley 26.427 que las regula a nivel nacional, ya que no existe un proyecto institucional pedagógico sobre la pasantía que garantice su carácter formativo, ni hay profesores guías ni tutores que evalúen el desenvolvimiento de los pasantes.
Asimismo, dicho Convenio no establece el pago de la asignación estímulo (retribución salarial) previsto en la norma nacional, y en el Departamento Judicial Mar del Plata se han denunciado un número importante de casos en los que se ha violado el plazo máximo de duración de la pasantía. Así, fueron varios los pasantes que han realizado prácticas durante tres o cuatro años, cuando el máximo fijado por la ley es de doce meses, renovable por seis meses más por única vez.