El Ministerio de Trabajo reconoció la representación sindical del Sindicato Joven CIS por sobre el gremio tradicional
En una reunión llevada a cabo de manera virtual que mantuvieron representantes del Sindicato Joven CIS (CTA-A) con el Ministerio de Trabajo y representantes de la empresa ADEA Administradora de Archivos S.A., se labró un acta equiparable a los Fallos ATE, en la que, además del obligar al pago total del 100% de los salarios adeudados desestimando el acuerdo UIA-CGT, se reconoce la representación sindical del CIS como representante de los trabajadores por sobre el gremio tradicional.
El acta establece «la obligatoriedad del pago del 100% de los salarios correspondientes a las liquidaciones de los meses en curso, a los trabajadores y trabajadoras, en virtud del carácter alimenticio de los mismos, CONMINANDO a la empresa a abonar el 100% de los salarios según lo establecido en dicha normativa, de los meses de Marzo, hasta la actualidad, en un plazo de 48 hs, correspondientes a los trabajadores afiliados a la entidad sindical denunciante».
«Esa es la parte que cambia la historia, porque reconoce a la CTA como representante de los trabajadores por sobre el gremio tradicional. Este acta materializa el derecho que nos otorgó el Fallo ATE, nos cambia la historia porque sienta el precedente y a partir de ahí arranca otro proceso», aseguró Gustavo Córdoba, secretario General del Sindicato Joven CIS.
En ese sentido Córdoba explicó: «denunciamos ante el Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires que la empresa suspendió a un grupo de trabajadores afiliados al CIS (CTA-A), pagándoles a un 75% el salario, con el agravante de que a los delegados les descontaba el 100% del salario, ni el 75% les pagaba. Entonces el Ministerio intimó a la empresa a pagar el 100% de los salarios adeudados en el plazo de 48hs, y agregó ‘correspondiente a los trabajadores afiliados a la entidad denunciante’, esta oración cambia la historia en la construcción sindical que estamos llevando adelante».
«Esta resolución es equiparable al «Fallo ATE», porque en este se dijo que las entidades gremiales simplemente inscriptas tienen derecho a representar, pueden tener delegados. Este acta al decir que alcanza a los trabajadores afiliados al CIS hace ejecutivo los fallos ATE sobre libertad sindical, eso es lo trascendente porque abre una nueva etapa. Le dio curso y dictamina sobre un asunto colectivo con la CTA», remarcó Córdoba.
Sobre el Sindicato Joven CIS (CTA-A)
El Sindicato Joven es una organización de trabajadores de múltiples actividades del Comercio, la Industria y los Servicios (CIS), distribuidos en distintos puntos del país, que a partir de la afiliación directa a la Central de los Trabajadores de la Argentina Autónoma (CTA-A), se agrupan en Sindicato Joven CIS CTA-A, que define a la CTA-A como EL SINDICATO y a partir de lo que tiene previsto su estatuto venimos trabajando en el desarrollo de una nueva forma de organización para la intervención gremial.
Todo lo cual de conformidad con la organización sindical libre y democrática que prevé nuestra constitución nacional en el Art. 14 bis y el convenio 87 de la OIT que también tiene rango constitucional.
Diversos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (por ej. Los fallos ATE 1 y ATE 2, Rossi, entre otros), abrieron las puertas a nuevas formas de organización que dejó obsoleta la legislación que afectaba la libertad sindical, al declarar la inconstitucionalidad de la misma en varios aspectos, y es el camino que venimos transitando desde el Sindicato Joven.
La afiliación. La tutela de los delegados y comisión directiva. El reconocimiento del delegado del Sindicato Joven, todo fue puesto a prueba en el terreno judicial y no ha quedado ninguna duda que es un esquema completamente legal y legitimo y ahora solo queda en manos de los trabajadores si al conocer esta forma de organización la eligen y la ponen en práctica.