-¿Cual es su opinión sobre la nueva Declaración Sociolaboral?
Es un paso fundamental en la construcción de ciudadanía para los trabajadores del Mercosur; y es un freno al intento en el mundo del trabajo legislado, que se adapta a la informalidad y a las nuevas formas de trabajo cuando debería ser al revés. Por eso lo que proponemos con la Declaración es colocar otra vez a la norma como el gran objetivo político de la organización del trabajo. Asistimos a un retroceso mundial de los Derechos Laborales, donde se intenta que el trabajo sea una mercancía; esta Declaración cambia también el eje de los organismos Internacionales e incluso de la propia OIT, ámbito donde se prioriza la protección de las empresas por encima del trabajo o la libertad de comercio como lo hacen todos los tratados de libre comercio por encima de la dimensión social y de Justicia Social. En este contexto lo primero que decimos es que la nueva Declaración Socio Laboral es una respuesta política dentro del Mercosur que intenta poner freno a los avances patronales.
-¿Cuales son sus contenidos?
En sus considerandos los Jefes de Estado asumen el compromiso político de priorizar al empleo como centro del desarrollo y al trabajo de calidad como verdadero ordenador social; asimismo reafirman su total adhesión al Pacto Mundial de Empleo de la OIT, a los principios y valores de la Declaración de Filadelfia de OIT; a las declaraciones, pactos, protocolos y otros tratados que integran el patrimonio jurídico de la humanidad a saber: Declaración Universal de Derechos Humanos; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales culturales de 1966, entre otros.
En concreto contiene los principios y Derechos Fundamentales de la Declaración de OIT de 1998: Derechos a la Libertad Sindical y el Derecho a la Sindicación; a la Negociación Colectiva; los principios de no Discriminación y de Igualdad de Oportunidades; los demás elementos del trabajo Decente como la protección social para todos y el Dialogo Social.
Se recupera, algo fundamental que había dejado de lado la Declaración del 98, como son los Derechos Humanos individuales del trabajo. Su incorporación es una novedad en la Declaración, que marca un nivel protectorio propio de un modelo de Justicia Social; art. 11 JORNADA; art. 12 DESCANSOS, VACACIONES, FERIADOS; art. 13 LICENCIAS; art. 14 REMUNERACION y art. 15 PROTECCION CONTRA EL DESPIDO. El principio general es “el derecho a tener derechos”, un principio fundamental a la dignidad humana que impide optar por la flexibilidad laboral.
-Jorajuría, ¿y el Derecho de Huelga?
Bueno acá podemos decir y a pesar de los embates que sufre a nivel mundial y especialmente en OIT, el Derecho de Huelga quedó intacto en esta Declaración. Y en el artículo 18 de la misma se establece además, que su regulación no puede impedir su ejercicio o desvirtuar su finalidad.
Quizás el punto más difícil de las Negociaciones sobre el que no hubo acuerdo y que necesitamos los trabajadores fue sobre la Organización Sindical y Negociación Colectiva Regional, para nosotros era fundamental garantizarla en el marco de un proceso de integración y un mundo global. En esto laudaron los gobiernos con una formula que habilita el planteo de los trabajadores. Creo que hemos dejado concretado un piso mínimo de dignidad para los trabajadores en un mundo que lo que globaliza de los trabajadores, es sólo la “venta de la fuerza de trabajo” donde sólo, lo que se prioriza es su formación profesional porque cuando más sea esa formación, más seria el “valor” de la cosa en el Mercado; ubicando así al trabajador en la competitividad y como parte del Mercado y a trabajo como una mercancía.
-¿Cómo se garantiza su cumplimiento?
Bueno esa es una tarea que nos involucra a todos, pero la propia Declaración, mantiene la Comisión de Seguimiento. Esta Comisión es un Órgano dependiente del GRUPO MERCADO COMUN y cualquier iniciativa que surja de ésta Comisión puede ser elevada al GMC e ingresaría al interior de los Estados como fuente Jurídica del Mercosur. Así mismo la CSL debe velar a través de las memorias que estos derechos se hagan realidad.
Esta dimensión social, no está aislada sino que se ve rodeada de otros Organismos del Mercosur como el Sub Grupo de Trabajo, que avanza con el Plan de Facilitación de la libre Circulación de los trabajadores, los acuerdos de residencia, la igualdad de Derecho de los Migrantes, los acuerdos de Bilaterales de la Seguridad Social, la inspección del trabajo (tendrá un papel fundamental y ya se realiza en forma conjunta entre los países en las zonas de frontera), la Formación Profesional y el reconocimiento y certificación de los saberes profesionales, la erradicación del trabajo infantil.
Sumando a las propuestas del Grupo Alto Nivel de Empleo, del Foro Consultivo Económico y Social.
Ante un mundo que nos quieren presentar como irreversible en la perdida de derechos, la precariedad laboral y como fruto de la fatalidad; pregunto ¿Acaso a alguien se le ha ocurrido flexibilizar el Derecho a la Propiedad privada? No, por el contrario, en el consenso internacional se ha profundizado, y eso es la voluntad política de los empleadores; y la Declaración Socio Laboral también es una respuesta política a través de un instrumento tripartito orientado a la generación de acciones políticas para reafirmar los valores que la contienen y de movilización de los trabajadores para su cumplimiento.
En definitiva trata de restablecer los equilibrios entre el capital y el trabajo a través de un instrumento político, porque el problema es político, para eliminar las desigualdades y lograr la Justicia Social en nuestra región.