Esta modificación, realizada sin justificar la necesidad ni la urgencia y legislando sobre materia penal —lo que está expresamente prohibido por la Constitución Nacional— implica una grave afectación a derechos civiles y políticos, lesiona gravemente leyes constitutivas de nuestra democracia —seguridad interior y defensa nacional— y vulnera principios básicos del sistema republicano y democrático de gobierno, consolidando el secretismo, la nula publicidad y difusión de los actos públicos.
La creación de una «policía secreta» que podrá detener personas sin orden judicial y el fortalecimiento de la SIDE que dispondra de más recursos y atribuciones sin rendir cuentas, impactan gravemente en la democracia. La CPM presentó un informe al Congreso de la Nación requiriendo el rechazo de este decreto y solicitando la inmediata conformación de la Comisión Bicameral de Inteligencia para controlar estás iniciativas.
Rosario Hasperué, secretaria de Derechos Humanos de la CTA Autónoma bonaerense, denunció que “es un retroceso en materia de derechos civiles y políticos. Y en este contexto internacional de injerencia extranjera en los países de América Latina en función de los intereses económicos de EEUU, en este caso con la intervención en Venezuela, no nos parece un dato menor, con la cantidad de recursos que tiene la Argentina, que Milei haya llevado adelante este decreto cuando la situación económica y social se viene agravando, lo que puede llevar a protestas legítimas, por esto nos preocupa que con estas medidas se intente disuadir a la población de protestar por sus legítimos derechos”.
En ese sentido Hasperué remarcó que “no vamos a claudicar, vamos a llevar esto junto al resto de los organismos de DDHH a todas las instancias, internacionales incluso, a las que haya que llegar, porque no vamos a retroceder en derechos conquistados”.
El decreto otorga facultades extraordinarias y discrecionales a la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) al crear, bajo su conducción, una Comunidad de Inteligencia Nacional que integra a organismos de inteligencia, Fuerzas Armadas, fuerzas de seguridad, y otros organismos públicos que no forman parte del sistema de inteligencia, como el RENAPER o la Dirección Nacional de Migraciones. Esta estructura reedita lógicas propias de la Central Nacional de Inteligencia (CNI) de la dictadura, confunde los límites entre defensa nacional y seguridad interior y habilita el intercambio masivo de información sensible de la ciudadanía sin límites ni controles.
La reforma consagra además un régimen de opacidad absoluta, al declarar encubiertas todas las actividades del sistema de inteligencia, incluidas las operativas, doctrinarias y presupuestarias. La SIDE pasa a administrar fondos sin rendición de cuentas ni control externo, consolidando un sistema cerrado y ajeno a cualquier forma de fiscalización democrática.
Uno de los aspectos más graves del decreto es que habilita el espionaje político y a la prensa. Si bien la legislación anterior prohibía expresamente a los organismos de inteligencia influir o intervenir en la vida política, social, sindical, partidaria y en los medios de comunicación, la reforma introduce excepciones amplias e imprecisas bajo el concepto de “contrainteligencia”. Estas definiciones permiten considerar como amenazas posibles a organizaciones sociales, gremiales, políticas, periodistas o defensores de derechos humanos que cuestionen o investiguen al gobierno, habilitando su persecución.
Asimismo, el decreto crea la facultad de adoptar “medidas pasivas” de contrainteligencia para evitar filtraciones o el conocimiento público de información gubernamental, lo que constituye un claro avance sobre la libertad de expresión y el derecho a la información, y anuncia un escenario de vigilancia sobre quienes investigan hechos de corrupción o violaciones de derechos humanos.