Proyecto para modificar el Mínimo No Imponible
Según el diputado nacional Claudio Lozano, “el Gobierno insiste en no actualizar el Mínimo No Imponible en ganancias, que debería ser según nuestro proyecto, de un piso de $ 13.460. Así transforma un impuesto que debieran pagar los ricos en un tributo sobre los asalariados de mayores ingresos y los sectores medios.”
El proyecto de “Modificación de la Ley de Impuesto a las Ganancias”, presentado por Claudio Lozano, presidente del Bloque Unidad Popular y que acompañan con su firma los integrantes del bloque UP Víctor De Gennaro, Graciela Iturraspe, Liliana Parada y Antonio Riestra, da cuenta de que la mejora sustancial para los trabajadores, en términos de aumento salarial, queda neutralizada por la aplicación del mínimo no imponible en sus valores actuales.
En los fundamentos, señala que “ las causas de esta situación son fundamentalmente dos:
a) Los incrementos en mínimos y deducciones han sido menores a los incrementos salariales nominales.
b) Los tramos de la escala de cálculo del impuesto han permanecido sin ajustar desde el año 2001 y por ese motivo los trabajadores, aún cuando no hayan visto incrementado su salario real, quedan sujetos cada año a alícuotas superiores.
«Nosotros interpretamos que una herramienta eficaz que permite ajustar los valores del Mínimo no Imponible del Impuesto a las Ganancias sería utilizar la variación anual del Salario Conformado Promedio de Convenio y aplicarlo al Mínimo No Imponible desde el año 2002 de manera de actualizar este concepto en forma automática», sostuvo el legislador de la CTA.
A modo de ejemplo, un trabajador dependiente que en 2011 tenía ingresos mensuales de $ 8.000 y que en el año 2012 van a percibir $ 9.600 pasaría a tributar impuesto a las ganancias, aún cuando su salario real no se haya incrementado si se considera que los $ 1.600 de aumento nominal solamente compensan la desvalorización monetaria.
Para niveles de ingresos superiores que ya estaban alcanzados por el impuesto, se producirán significativos aumentos de la tasa efectiva.
El proyecto, que propone la eliminación de exenciones y la elevación de la alícuota para personas físicas del 35 % al 42% como vías para compensar los niveles de recaudación que el sistema dejaría de percibir, incorpora a los alquileres como deducibles y plantea la eximición de la carga tributaria sobre los salarios complementarios o adicionales (antigüedad, posesión de títulos, asistencia, puntualidad, presentismo, altas calorías, altura, fallas de caja, desarraigo, zona inhóspita), entre otras modificaciones.