Rechazo a la Ley «antipiquetes»

BlascoEl Secretario General de la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) y Secretario de Derechos Humanos de la CTA Nacional, Hugo Blasco, se refirió al proyecto presentado por diputados nacionales del Frente para la Victoria (FpV) para “garantizar la convivencia pacífica” durante las movilizaciones callejeras, y dijo: «La iniciativa legislativa, que consta de 34 artículos, está en línea con la descalificación que la Presidenta de la Nación hiciera de las movilizaciones callejeras y los cortes de calles y rutas durante la apertura de las sesiones legislativas de este año». En tanto expresó el rechazo de la Central Sindical sobre proyectos de esta envergadura.

Sintéticamente, el proyecto:

* Pretende regular la protesta social en nombre de la “convivencia social” y el respeto de los derechos de todas y todos (la circulación vehicular);

* Establece dos categorías de protestas: las legítimas y las ilegítimas; La calidad de las mismas estaría definida por un funcionario de Gobierno (¿Berni, quizás?);

* Hay que avisar con 48 horas de anticipación, lugar, hora, recorrido, duración, motivo, oradores de la actividad;

* Debe garantizarse la circulación de vehículos por las calles y/rutas cortadas;

* Los organizadores deben nombrar a un delegado que los represente ante la autoridad.

* Establece sanciones penales y/o civiles (daños y perjuicios) para los responsables de las protestas “ilegítimas”. También prevé multas.

Para Blasco, el proyecto abarca aspectos relacionados con la represión de las protestas que «son realmente insólitos y que lejos de parecer obvios expresan el reconocimiento del Gobierno sobre el accionar ilegal de las fuerzas de seguridad en la Argentina».

«A algún desprevenido le puede parecer llamativa esta nueva vuelta de tuerca hacia la derecha del Gobierno nacional» sentenció Blasco, pero añadió que: «Resultó interesante ver a legisladores de la derecha aplaudir a rabiar a la Presidenta cuando criticó las movilizaciones y pidió regulación. El modelo autodenominado “nacional y popular” tiene límites precisos fijados por el poder económico mayoritariamente extranjero. Cuando ve peligrar el nivel de sus extraordinarias ganancias exige ajustes».

«Entonces – agregó el dirigente- aparecen los aumentos salariales por debajo de la inflación, las suspensiones, los despidos. Paralelamente ese mismo poder con la complicidad de sectores gubernamentales pone en peligro el medio ambiente (mega minería, fracking, agroquímicos). La protesta social no se hace esperar y es así que se suceden legítimas protestas de trabajadores y pobladores. Los casos son muy numerosos a lo largo y ancho del País como así también la represión y los procesos penales contra los participantes».

«Este proyecto de ley que dice querer ser una herramienta útil para lograr la “convivencia social” en realidad pretende llevar a su mínima expresión la protesta social y de esa manera tratar de ocultar un estado de malestar y bronca al que el Gobierno no está en condiciones de responder. Sus acuerdos con el capital básicamente monopólico y oligopólico y extranjero le imposibilitan hacerlo» agregó Blasco, quien finalmente sentenció: «El Gobierno tiene dos opciones: Ponerse del lado del Pueblo y asumir esa responsabilidad o enfrentarlo. Este proyecto de ley va en esta última dirección. Medidas ortodoxas exigidas por el «establishment” como la devaluación y la baja de salarios reales sólo obtendrá como respuesta popular la protesta y la movilización. El Gobierno ya aprobó la ley Antiterrorista, impulsó el Proyecto X y continúan las acciones de inteligencia de los organismos estatales como la Secretaría de Inteligencia contra militantes populares. Rechazamos absolutamente este proyecto y haremos todo lo que esté a nuestro alcance para evitar su aprobación».

La Comisión Provincial por la Memoria también desaprueba el proyecto:

Comision por la Memoria«La Comisión por la Memoria de la provincia de Buenos Aires expresa su rechazo y su profunda preocupación ante el proyecto de ley del bloque de diputados nacionales del Frente para la Victoria, que pretende regular las manifestaciones públicas y en particular el derecho a peticionar a las autoridades».

«Con esta iniciativa, entre otras, se pretende reglamentar lo que se ha denominado el “derecho de derechos”, constitutivo del sistema democrático, representativo y republicano, base fundamental para garantizar los restantes derechos reconocidos por la Constitución, los tratados internacionales y las leyes.

El proyecto establece como requisito previo a la realización de una manifestación la comunicación a la autoridad policial. Asimismo determina que el Ministerio de Seguridad como autoridad de aplicación, será quien evaluará la legitimidad o ilegitimidad de la manifestación. Se crea una instancia de mediación obligatoria, que, en cabeza de la autoridad ministerial, deberá resolver el conflicto en un plazo máximo de dos horas. La declaración de ilegitimidad o la falta de resolución de la instancia de mediación habilitan, según el texto, la represión inmediata de la manifestación. Es decir, las fuerzas de seguridad serán las encargadas de regular el derecho a la protesta, profundizando la policialización de la conflictividad social.

No puede admitirse que sea facultad del poder ejecutivo decidir la ilegalidad o legalidad de una protesta que se expresa por medio de una manifestación pública, mucho menos cuando de esta calificación dependa la represión inmediata o no de la misma.

El proyecto es inconstitucional en tanto crea una instancia administrativa con facultades para establecer con anterioridad la legitimidad o ilegitimidad de la manifestación y por lo tanto habilita que sea ésta quien determine, sin intervención judicial, la posibilidad de ejercer el derecho de peticionar a las autoridades y la eventual represión de la misma.

La esencia del argumento es la misma que sustenta la imposibilidad de censura previa en los casos de opiniones expresadas por la prensa. No se trata por tanto de un problema de colisión de derechos, sino de proteger un derecho que integra el núcleo duro del sistema democrático y que por lo tanto no es susceptible de ser regulado sin riesgo de debilitar la propia democracia.

En nuestro sistema constitucional el ejercicio de la libertad es la regla y la excepcionalidad es la prohibición de determinadas conductas previamente anunciadas por medio de tipos penales. Si para actuar, agruparse, demandar, concentrarse, discutir colectivamente, se requiere obtener autorizaciones dependientes de la discrecionalidad administrativa, esos “permisos” y “prohibiciones” nos remiten a los formatos de estados con tintes autoritarios.

Los últimos 15 años, tomando como punto de inflexión los sucesos del 19 y 20 de diciembre de 2001, nos muestran avances, retrocesos y continuidades en relación a la forma en que el poder político y las fuerzas de seguridad han abordado las manifestaciones sociales. Entre la ruptura discursiva que significó el posicionamiento político del por entonces presidente Néstor Kirchner, y la continuidad de hechos de represión que culminaron con la muerte o el encarcelamiento de militantes políticos y sociales (Fuentealba, Mariano Ferreyra, represión a la comunidad Qom, Indoamericano, los sucesos en el Hospital Borda, entre tantos otros) hay un terreno en el que los debates y las propuestas deben ir orientadas al fortalecimiento de un derecho fundamental como es el de peticionar a las autoridades mediante manifestaciones públicas.

La preocupación entonces debería estar centrada en controlar la acción de las fuerzas de seguridad que son las que generan los actos de violencia más cruentos y no en la restricción del derecho a la petición o protesta colectivas. Lejos de esto, el proyecto es ambiguo y deja librado el uso de armas de fuego a la discrecionalidad policial. Prohíbe la portación de armas de fuego de los agentes que estén en contacto directo con los manifestantes pero establece que los agentes que la porten ¨deberán guardar una distancia prudente con los mismos¨.

Es decir que algunos agentes las portarán y la decisión de qué es prudente o no correrá por cuenta de agentes, muchas veces con escasa formación o profesionalismo, en momentos de tensión o confusión. En igual sentido habilita el uso de armas no letales, que ¨podrán ser utilizadas para la defensa de los funcionarios ante peligro inminente¨.

Una revisión por nuestra historia no hace más que confirmar la importancia del ejercicio del derecho a peticionar como herramienta para el acceso a derechos fundamentales de nuestro pueblo. El ejercicio cotidiano de este derecho, no habla de una sociedad en retroceso, sino de una democracia que se consolida. La acción colectiva en sus diferentes modalidades es la que ha provocado los procesos de democratización de las sociedades, ampliando la participación, posibilitando la visibilización de problemas y derechos conculcados de mayorías y minorías.

Este proyecto no hace más que retrotraer los argumentos del debate a instancias que a treinta años del retorno a la democracia deben quedar en la prehistoria. Una democracia fuerte y consolidada es la que da pasos asumiendo la existencia de conflictos y el rol fundamental de la política para superarlos. La mejor forma de convivencia no es la que intenta restringirlos determinando per se cuáles son legítimos e ilegítimos, estableciendo para estos últimos -como única intervención del estado- la represión inmediata, sino la que propicia instancias de participación y de expresión de los heterogéneos actores que conforman la sociedad.

Asociar protesta a caos y desorden, ha sido una constante en la historia argentina; fue el fundamento recurrente de cada uno de los golpes de estado, que se imponían ante democracias que desde las minorías del poder se consideraban desmadradas y sobre las que había que intervenir para ’poner orden’ «, concluye la declaración de la Comisión Provincial de la Memoria.

Fuente: www.agenciacta.org

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